jueves, 10 de marzo de 2011

Derecho a la Educación

Paraguay y la Educación

 

El derecho a la educación tiene carácter constitucional en el Paraguay desde el año 1870.

 

Fue hace más de 140 años que se estableció en el artículo 8 de la Carta Magna lo siguiente: "La educación primaria será obligatoria y de atención preferente del Gobierno…".

 

La misma línea siguió la Constitución de la República del Paraguay del año 1940, donde en el artículo 10 expresó y estableció que "la educación primaria es obligatoria y gratuita. El Gobierno fomentará la enseñanza secundaria, profesional y universitaria".

 

La Constitución de la República del Paraguay del año 1967, sancionada durante la dictadura, no dejó atrás la responsabilidad del Estado con el derecho a la educación, estableciendo el artículo 89 que "todos los habitantes tienen derecho a la educación… La enseñanza primaria es obligatoria… El Estado sostendrá las necesarias escuelas públicas…".

 

Siguiendo los principios constitucionales dirigidos a la educación, el Estado en el periodo democrático ha ratificado y reivindicado en el artículo 76 que "la educación escolar básica es obligatoria. En las escuelas públicas tendrá carácter gratuito".


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